CUALIFICACIONES PROFESIONALES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

 

ORDEN de 23 de mayo de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establece el currículo del título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar para la Comunidad Autónoma de Aragón.

 

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

 

1.    Cualificaciones profesionales completas:

 

IMPE0110 MASAJES ESTÉTICOS Y TÉCNICAS SENSORIALES ASOCIADAS, que comprende las siguientes unidades de competencia:

 

UC0063_3: Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

UC0789_3: Realizar el diagnóstico estético y diseñar protocolos integrando técnicas de masaje, drenaje linfático y sensoriales con fines estéticos.

UC0790_3: Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

UC0791_3: Realizar técnicas de masaje por presión con fines estéticos.

UC0792_3: Asociar técnicas sensoriales a masajes con fines estéticos.

 

IMPE0210 TRATAMIENTOS ESTÉTICOS, que comprende las siguientes unidades de competencia:

 

UC0796_3: Realizar el diagnóstico y diseñar protocolos estéticos personalizados.

UC0063_3: Realizar masajes manuales y/o mecánicos con fines estéticos.

UC0790_3: Realizar el drenaje linfático manual y/o mecánico con fines estéticos.

UC0797_3: Aplicar técnicas electroestéticas, integrándolas en tratamientos estéticos específicos.

UC0798_3: Realizar tratamientos estéticos coordinando la aplicación de diferentes  técnicas cosmetológicas, electroestéticas y manuales de área o departamento.

 

 

Artículo 7. Entorno profesional en el que el profesional va a ejercer su actividad.

 

1. Este profesional ejerce su actividad en el sector de cuidados de la imagen personal, en el subsector de cuidados estéticos, en pequeñas y medianas empresas, mayoritariamente privadas, en las áreas de tratamientos estéticos integrales, estética hidrotermal, microimplantación de pigmentos, depilación avanzada, masaje estético y drenaje, y asesoramiento en tratamientos y productos cosméticos.

Se trata de profesionales por cuenta propia que trabajan gestionando su propia empresa o que trabajan por cuenta ajena, ejerciendo su actividad profesional como empleados o jefes de área o departamento.

 

Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.

 

La Administración educativa aragonesa ha tenido en cuenta, al desarrollar este currículo,las siguientes consideraciones:

 

a) El perfil profesional de este título marca una evolución hacia las competencias relacionadas con las técnicas que potencien los cuidados de la imagen personal a través del bienestar y de la promoción de la salud. Los futuros profesionales deberán tener un amplio conocimiento de hábitos saludables; una mayor especialización en técnicas manuales estéticas, como el drenaje estético, técnicas orientales o reflexología y una buena preparación en técnicas sensoriales como la cromoterapia, aromaterapia, musicoterapia, etc. Los tratamientos cuyo recurso principal es el agua son otros de los procesos que potencian el bienestar y convierten los centros de spa y balnearios en un sector con gran demanda en la actualidad.

 

b) La evolución tecnológica, el uso de aparatología y cosmética avanzada (radiofrecuencia, aparatos de bronceado con radiación ultravioleta, IPL o el LASER, vectores y principios activos cosméticos de nueva generación, entre otros) demandan un perfil profesional cada vez más cualificado, con conocimientos científico-tecnológicos y con capacidad para la organización y planificación de procesos, que asuma funciones de calidad, de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental y que sea capaz de mantener un espíritu abierto a la innovación.

 

c) Las empresas del sector avanzan hacia el trabajo en equipo y la colaboración con otros profesionales, fundamentalmente del ámbito sanitario. Enfocan su actividad al asesoramiento profesional y a la atención personalizada.

 

d) Este profesional debe presentar un perfil polivalente, capaz de adaptarse a los cambios, con un alto grado de autonomía y capacidad para la toma de decisiones.

 

Finalmente, los aspectos organizativos de la prestación de servicios de estética y bienestar deberán adaptarse a la normativa europea, española y autonómica. En la actualidad los establecimientos y el personal aplicador de los procesos de micropigmentación y bronceado están sometidos a una legislación específica de condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad que deben seguir para poder ejercer. Se prevé que se establezcan más regulaciones legales de otros procesos con especial incidencia en la salud pública.

 

 

Felices de que nos renueven, de nuevo, el sello PYME de Responsabilidad Social de Aragón por quinto año consecutivo.

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DOCUMENTACIÓN PARA FORMALIZAR LA MATRÍCULA:

- Fotocopia del documento acreditativo de identidad.

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- Si se abona por domiciliación bancaria, fotocopia libreta.

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